PREÁMBULO
I
En el año 2003, las Cortes Generales aprobaron una nueva normativa en materia de
montes, la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, a través de la cual se procedía a
actualizar el régimen jurídico regulador de los espacios forestales de acuerdo con la nueva
concepción del medio ambiente consagrada por la Constitución Española y con los
principios de gestión forestal sostenible que deben informar la ordenación y conservación
de los montes españoles.
Posteriormente se aprobó mediante la Ley 10/2006, de 28 de abril, una modificación
parcial y muy definida de la ley, en un momento todavía inicial del proceso social de
adaptación de los sistemas de ordenación de los montes a las prescripciones recogidas en
el nuevo modelo de gestión forestal sostenible.
Transcurridos diez años desde la aprobación de la Ley de Montes, y con base en su
aplicación, se han detectado algunos aspectos que es conveniente mejorar; otros que,
debido al desarrollo posterior de la legislación nacional o autonómica, es preciso adaptar; y,
finalmente, otros en cuyo desarrollo hay que avanzar más, tanto con respecto del texto
originalmente aprobado de la ley como de la primera modificación realizada en 2006. ................
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